lunes, 24 de septiembre de 2012

Fanatismos en la comunidad de Nueva Jerusalén, Michoacán.


ESCUELA NORMAL No. 3 DE NEZAHUALCÓYOTL
LICENCIATURA EN EDUCACIÓN PREESCOLAR
PROF. JOSE MANUEL SAN MIGUEL BARRIOS
Docente en formación: Suárez Hernández Cynthya Berenice                       1°I     25-09-12

Situación problemática que se desarrolla en torno a la educación que se imparte en la comunidad de Nueva Jerusalén, Michoacán.
¿Cuál es el planteamiento del problema?
Las creencias religiosas de algunas personas en las comunidades de Michoacán han ocasionado fanatismos que obstaculizan el desarrollo educativo de los infantes.

El pasado 6 de julio, los estudiantes de la escuela “Vicente Guerrero”, en Michoacán, presenciaron la destrucción de su plantel escolar a manos de un grupo de fanáticos religiosos.
Luego de que se firmara un acuerdo entre padres de familia de los niños de la Nueva Jerusalén y autoridades de los tres niveles de gobierno, los alumnos iniciaron a las 08:00 horas el ciclo escolar 2012-2013, con un mes de retraso.
Policías federales, estatales y municipales resguardaron, como fue acordado en la minuta, el camino y el plantel educativo para evitar enfrentamientos entre los padres de familia que, en la escuela "José María Morelos" de la comunidad de La Injertada, tendrán que convivir
durante algún tiempo a pesar de que algunos de ellos incluso participaron o estuvieron de acuerdo con la destrucción de la escuela "Vicente Guerrero". Periódico El Universal.
Los niños de la Nueva Jerusalén empezaron a tomar clases en la población vecina de La Injertada en medio de un fuerte dispositivo de seguridad, que incluyó la vigilancia de siete patrullas.
Sin embargo, los padres de familia del grupo llamado laico aseguraron que está condicionado este ingreso a clases, porque si en una semana el gobierno del estado no les garantiza que la escuela será construida en su comunidad, el próximo lunes los niños no regresarán a clases.
Emiliano Juárez Damián, dirigente del también llamado grupo disidente, aseguró que no se firmó ninguna minuta con el gobierno del estado en el sentido de que esperarían hasta el 30 de noviembre para definir donde se construiría la escuela que habrá de sustituir a la que fue derribada.
El dirigente de los padres de familia comentó que hay desacuerdo de los papás de los niños, porque tienen que caminar un kilómetro desde la Nueva Jerusalén a La Injertada, sin contar que los niños de preescolar tienen un horario y los de primaria otro. Periódico La Jornada.
Ya habiendo delimitado la situación problemática en este ejercicio de aportación haré notar los procedimientos que según la Ley General de Educación en México y de acuerdo a los artículos 7° y 8°, serían los que nos permitirán abordar el tema por las vías adecuadas y además sobreponiendo el orden y la tranquilidad social.
En concreto los artículos anteriormente mencionados establecen lo siguiente:
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis
Nueva Ley Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 1993
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 09-04-2012
LEY GENERAL DE EDUCACION
CAPITULO I           
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 7o.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los siguientes:
Párrafo reformado DOF 17-04-2009, 17-04-2009, 28-01-2011
I.- Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plena y responsablemente sus capacidades humanas;
Fracción reformada DOF 28-01-2011
III.- Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia, los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la valoración de las tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país;
Fracción reformada DOF 13-03-2003
V.- Infundir el conocimiento y la práctica de la democracia como la forma de gobierno y convivencia que permite a todos participar en la toma de decisiones al mejoramiento de la sociedad;
VI.- Promover el valor de la justicia, de la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos ante ésta, propiciar la cultura de la legalidad, de la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, así como el conocimiento de los Derechos Humanos y el respeto a los mismos;
XIII.- Fomentar los valores y principios del cooperativismo.
XVI.- Realizar acciones educativas y preventivas a fin de evitar que se cometan ilícitos en contra de menores de dieciocho años de edad o de personas que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo.
Artículo 8o.- El criterio que orientará a la educación que el Estado y sus organismos descentralizados impartan -así como toda la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica que los particulares impartan- se basará en los resultados del progreso científico; luchará contra la ignorancia y sus causas y efectos, las servidumbres, los fanatismos, los prejuicios, la formación de estereotipos, la discriminación y la violencia especialmente la que se ejerce contra las mujeres, niñas y niños, debiendo implementar políticas públicas de Estado orientadas a la transversalidad de criterios en los tres órdenes de gobierno.
Párrafo reformado DOF 10-12-2004, 17-04-2009
I.- Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;
II.- Será nacional, en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos - atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y
III.- Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos.

En razón de lo anteriormente mencionado, la necesidad de dar solución a la problemática en la comunidad Nueva Jerusalén se convierte en un hecho que atañe a los sujetos que interaccionan dentro del mismo contexto de la escuela pero además es un acontecimiento que requiere la  atención de las autoridades educativas en el estricto sentido de propiciar en los niños un desarrollo integral fuera de los fanatismos, fortaleciendo la conciencia de la nacionalidad, entendiendo a dicha conciencia como el conocimiento de la democracia, de la justicia, de la igualdad. Tales valores fomentan por sí mismos los principios del cooperativismo y la no discriminación. Este desde un punto de vista muy amplio sería para mi el deber de las autoridades educativas dentro de la problemática que se esta enfrentando, además de que desde nuestra labor docente deberíamos contribuir a la fraternidad e igualdad entre quienes nos rodean, de esa manera empezaríamos a fortalecer la convivencia humana.

En cuanto al desempeño de la autoridades federales como reguladoras del orden y la paz en la comunidad se podría decir que su principal preocupación debiera ser propiciar la cultura de la legalidad y la paz, así como el respeto a los derechos humanos; que por parte de la comunidad que derribó la escuela se vislumbró claramente que es un valor que no practican y mucho menos promueven pues atentaron contra el derecho a la educación que tiene cada niño.
Estas ideas articulan algunos artículos de la LGE con la situación problemática en la comunidad de Nueva Jerusalén, Michoacán.

Queda ahora utilizar esta teoría para el enriquecimiento de nuestra práxis y además tendremos que estar al pendiente de las acciones que se seguirán tomando para la resolución de dicho conflicto.

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